En España, los animales “de compañía”
dejarán de ser “cosas”.

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¿Qué significa esto?

El pasado 15 de diciembre fue aprobada en las Cortes y publicada al día siguiente en el BOE la Ley 17/2021, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales. Tras esta ley, se podría decir que en nuestro país, los animales “de compañía” dejarán de ser “cosas”. ¿Por qué?

Esta ley es la culminación de un proceso que se inició en 2015 con la campaña, por parte del Observatorio de Justicia y Defensa Animal  #AnimalesNosonCosas, que llevó al Parlamento la primera propuesta de reforma del Código Civil para los animales, con la finalidad de equiparar nuestra normativa a lo ya avanzado por países de nuestro entorno y al Tratado de Lisboa de la UE, que estableció que los animales son seres sintientes.

Dilatados debates y el adelanto electoral hicieron que la propuesta decayera en el Parlamento español.

En abril de 2020, el grupo parlamentario UP inició nuevamente la tramitación. Se sumó el PSOE y así consiguieron que la tramitación de una ley orgánica como es el código civil pasara todos los trámites necesarios en tiempo récord, haciendo partícipes del texto a los demás grupos parlamentarios y operadores jurídicos de nuestro país.

La aprobación final contó con el apoyo de todas las fuerzas políticas, incluidas PP y Ciudadanos, excepto los votos en contra de Vox.

¿Qué implica esta reforma del código civil?

 

La reforma afecta al Código Civil de modo que el bienestar de los animales deberá ser tenido en cuenta en los procesos de separación o divorcio en el momento de concretar el régimen de convivencia, custodia, cuidado de estos y régimen de visitas.

A partir de ahora será el juez el encargado de decidir a quién entregar el cuidado de estos en función de su bienestar.   Además, incorpora este concepto a la hora de decidir en situaciones de herencia o sucesión, por lo que el juez se encargará de fijar el destino de un animal en caso de fallecimiento de su propietario, de nuevo, atendiendo siempre al bienestar del animal. 

Asimismo, teniendo en consideración los numerosos estudios que demuestran la concurrencia entre los malos tratos hacia los animales con otros tipos de violencia como la violencia doméstica o de género, la nueva ley establece la limitación de la guardia y custodia en los casos en que haya antecedentes por maltrato animal, ejercida como forma de violencia o maltrato psicológico de estos.

En este ámbito cabe señalar que, tras constatar datos como los proporcionados por un estudio de 2012, que encontró que el 59% de las mujeres maltratadas retrasaron dejar el hogar por miedo a abandonar a sus animales (Alberta SPCA, 2012), la Dirección de Derechos de los Animales ha creado el programa VIOPET, que acoge, de forma temporal, a los animales de mujeres víctimas de violencia machista.

Por otro lado, la reforma de la Ley Hipotecaria, en la que se introduce un nuevo apartado en el artículo 111, establece que a partir de ahora los animales serán “absolutamente inembargables de acuerdo con el vínculo de afecto con su familia. Esto supone, por ejemplo, que cuando un juez dicta un embargo de bienes, solo podrá llevarse lo embargable, entre lo que ya no estarán incluidos los animales, que quedarán al cuidado de su familia.   

Otro punto muy importante es que, en caso de accidente, los animales ya no podrán quedar abandonados, como si de una maleta se tratasen, sino que tendrán que ser atendidos. 

Tres legislaciones en favor de los animales

 

La modificación del Código Civil supone la primera de las 3 legislaciones en favor de los animales que se pondrán en marcha este año.

En febrero se espera la aprobación de la Ley de Protección y Derechos de los Animales y poco tiempo después la Modificación del Código Penal en materia de maltrato animal.

A estas tres iniciativas se sumará la Ley de Seguridad Ciudadana, cuya modificación ya está en marcha, estableciendo los delitos contra los animales al mismo nivel que el resto de los delitos graves.

Desde FAA consideramos que, si bien estas iniciativas son bienvenidas, pues suponen un adelanto considerable a la situación de los animales, son mejorables. Lo más triste es que sólo consideren a los animales de compañía, olvidándose del resto de animales domésticos (art.605 1° del Código civil), como pueden ser los considerados “de producción” o los bovinos de lidia.

Esperemos que con la Ley de Protección Animal estatal se ampare, al menos, a los animales de los santuarios para que sean considerados de compañía y no sean sujetos embargables.

La dificultad de incluir a los santuarios 

Por desgracia, de momento, los animales domésticos considerados “de producción” no pueden considerarse “de compañía” por estar en las normativas sanitarias europeas en los anexos de animales diferenciados de los de compañía.

Según hemos podido averiguar, con el fin de ayudar a los santuarios, la Dirección General de Derechos Animales (DGDA) estaría creando una tipología diferenciada dentro de las explotaciones ganaderas para los santuarios, donde los saneamientos y las normas sanitarias no serán tan estrictas como para el resto de los núcleos ganaderos. Esperemos que sea así. La dificultad radica en que el Ministerio de Agricultura y Ganadería no ha querido ceder la competencia de santuarios a la DGDA pero, de la misma forma, esta habría rechazado ceder a este ministerio la de los animales de compañía “de trabajo”, para evitar, entre otros, que los perros de rehala pudieran ser considerados “de trabajo” o de “producción” y quedar excluidos de la nueva Ley de Protección Animal.

Consideramos que evitar que esto suceda es muy importante. De hecho, hemos sido informados de que la Ley de Protección y Derechos de los Animales sufre un retraso debido a la sensibilidad por parte del PSOE a la petición, procedente de varios sectores a incluir a los perros de caza en la ley, lo que supondría que fuesen ajenos a las normativas de protección de los animales de compañía introducidas en la nueva ley. Desde FAA, conocedores como somos de las terribles condiciones en las que viven muchos perros de rehala, nos oponemos radicalmente a eso y nos sumamos a más de 200 asociaciones animalistas de toda España en la alianza Unión por los Animales para apoyar la nueva Ley.

Esperamos que esta siga adelante, como un primer paso hacia otras muchas mejoras en la situación y los derechos de los animales con los que desde la Fundación de Ayuda a los Animales estamos plenamente comprometidos.”

 

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